Normativas de SST
La Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) se rige por un conjunto de normas legales y técnicas que buscan proteger la integridad física, mental y social de los trabajadores en su entorno laboral. Estas normativas establecen los lineamientos que deben seguir empleadores y trabajadores para identificar, prevenir y controlar los riesgos laborales, garantizando así condiciones de trabajo seguras y saludables.
En el anterior video explicativo ¿Cuál es el marco legal de la SST en Colombia?" se ofrece una visión general de la evolución de la legislación relacionada con la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) en Colombia. Se abordan las principales normativas y reformas que han dado forma al sistema actual de prevención de riesgos laborales en el país. El contenido está diseñado para proporcionar una comprensión básica del marco legal vigente en materia de SST.
Ley 1562 de 2012
Esta ley establece las disposiciones generales para la promoción de la salud y la prevención de riesgos laborales en el país. Entre otros aspectos, define las responsabilidades de los empleadores y trabajadores en materia de SST, establece las obligaciones de las empresas en la implementación de programas de prevención, y regula la investigación de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
Artículos Importantes a Destacar:

Artículo 1° (Definiciones): este artículo es fundamental porque establece y clarifica las definiciones clave del sistema, como el Sistema General de Riesgos Laborales, la Seguridad y Salud en el Trabajo (anteriormente Salud Ocupacional), y el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (anteriormente Programa de Salud Ocupacional)
Artículo 3° y Artículo 4° (Accidente de Trabajo y Enfermedad Laboral): estos artículos definen claramente qué se considera un accidente de trabajo (suceso repentino por causa o con ocasión del trabajo que produce lesión, perturbación, invalidez o muerte; incluye accidentes bajo órdenes del empleador fuera del lugar/horas, durante el traslado si el transporte es provisto por el empleador, durante función sindical o actividades recreativas/deportivas/culturales por cuenta del empleador). También define la enfermedad laboral como la contraída por la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad o medio de trabajo. Se destaca que el Gobierno Nacional actualizará periódicamente (al menos cada 3 años) la tabla de enfermedades laborales, pero una enfermedad no listada puede ser reconocida como laboral si se demuestra la relación de causalidad con factores de riesgo ocupacionales.

Artículo 6° (Monto de las Cotizaciones): establece los rangos mínimo y máximo de las cotizaciones para trabajadores dependientes y servidores públicos (a cargo del empleador). Para los contratistas de prestación de servicios personales, se aplica el mismo porcentaje, pero la afiliación es del contratante y el pago del contratista, con la excepción mencionada para trabajadores independientes de alto riesgo. Regula que el Ministerio del Trabajo y Salud adoptarán la tabla de cotizaciones según la clase de riesgo y definirán cómo las empresas pueden variar sus porcentajes según su siniestralidad, severidad y cumplimiento del SG-SST15.

Artículo 7° (Efectos por el no pago de aportes): este artículo es vital para garantizar las prestaciones. Establece que la mora en el pago no genera desafiliación automática del trabajador. Sin embargo, el empleador o contratista en mora es responsable directo de los gastos asistenciales, del pago de aportes adeudados con intereses, y de las prestaciones económicas a que haya lugar. Se detalla el procedimiento para constituir la mora y las consecuencias, como no poder participar en procesos de contratación estatal. Las ARLs tienen la responsabilidad de adelantar las acciones de cobro.
Artículo 11° (Servicios de Promoción y Prevención): detalla las actividades mínimas de promoción y prevención (PyP) que las ARLs deben realizar. Asigna porcentajes específicos del total de la cotización (5% para actividades básicas, mínimo 10% del 92% para programas regulares y rehabilitación integral, y hasta 3% para el Fondo de Riesgos Laborales). Enfatiza que las ARLs no pueden reemplazar al empleador en sus responsabilidades de PyP ni discriminar en la prestación de servicios. Deben desarrollar actividades de PyP con equipos interdisciplinarios en todos los municipios con afiliados.
Decreto 1072 de 2015
Consolida la normativa en SST y establece la obligatoriedad de implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) dentro de los espacios laborales.
Video explicativo decreto
Decreto 1443 de 2014
Este decreto reglamenta la Ley 1562 de 2012 y detalla las normas técnicas y administrativas para la implementación de un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Este sistema es obligatorio para todas las empresas, independientemente de su tamaño o actividad económica. Define los elementos que deben integrar el SG-SST, como la identificación de peligros y evaluación de riesgos, la planificación de actividades de prevención, la capacitación de trabajadores, entre otros.
Resolución 0312 de 2019
Esta resolución establece los requisitos para la implementación del Programa de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (PG-SST) y la forma en que las empresas deben reportar la información relacionada con SST al Ministerio de Trabajo.
video explicativo resolución
Resolución 4927 de 2016
Por el cual se establecen los parámetros y requisitos para desarrollar, certificar y registrar la capacitación virtual en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST).
Video explicativo resolución
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